Planilla de Propiedad Mueble
¿
- Vence el 15 de mayo de 2009
¿Quien debe rendirla?
- Toda persona, natural o jurídica, dedicada a industria o negocio en Puerto Rico, que al primero de enero de cada año sea dueña de propiedad mueble utilizada o para utilizarse en su industria o negocio, dicho contribuyente debera radicar esta planilla
¿Existe alguna excención?
- Existe una exencion, la cual pueden ser aplicada si cumple con los requisitos para su disfrute y dicho requisito es el volumen de negocio menor de 150,000 anuales el cual puede utilizar dicha exoneración, pero sino cumple con la radicación pierda dicha exoneración y debera pagar la contribución determinada mas penalidades, recargos e intereses según apliquen.
¿Existe alguna prorroga para la radicación?
- Existe una prorroga para la radicación, pero dicha prorrogá no aplica al pago de aplicar.
¿Donde puedo conseguir los formularios?
- Los formularios pueden ser accesados en la siguiente página www.crimpr.net o en su oficina municipal mas cercana.
¿Si desconozco como llenarla y Radicar quien podria ayudarme?
- Cualquier especialista en contribuciones o su contador publico autorizado puede ayudarle el mismo profesional que le ayudo con sus contribuciones le debio haber orientado sobre esta planilla, su vencimiento y radicación. De no tener a ningun especialista o CPA nosotros podemos asistirle con su preocupación de llenar la planilla o la verificación de la misma y/o radicación
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